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Información General
Estado
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripcion
Que, existe la necesidad de contar con la provisión de servicios personales de profesionales médicos anestesistas para la atención cerrada directa a pacientes beneficiarios del Sistema Público de Salud; Que, el Reglamento orgánico de los establecimientos de menor complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red, en su Artículo 23º, referido a las funciones y atribuciones del Director, en su letra g) faculta al Director para celebrar contratos de compras de servicios de cualquier naturaleza, con personas naturales y jurídicas, para el desempeño de todo tipo de tareas o funciones, generales o específicas, aun cuando sean propias o habituales del establecimiento; Que, en virtud del Decreto Nº38/2005, artículo 23, letra j), están dentro de las atribuciones del Director del Hospital Autogestionado, la de celebrar convenios en conformidad al Decreto con Fuerza de Ley N°36 de 1980 del Ministerio de Salud, con el objeto que toda clase de personas naturales o jurídicas tomen a su cargo, por cuenta del Establecimiento Autogestionado, alguna de las acciones de salud que a este correspondan por la vía de la delegación o de otras modalidades de gestión, previa calificación de la suficiencia técnica para realizar dichas acciones; Que, se ha constatado que se encuentra excedida la capacidad de resolver con recursos humanos de la institución, prestaciones específicas referidas a atenciones médicas directas a pacientes del Hospital del Salvador y que resulta imprescindible mantener ininterrumpidamente las atenciones para pacientes beneficiarios del Sistema Público de Salud, a través de un tercero acreditado mediante convenio regulado por el DFL N°36/1980; Que, habida consideración de lo dispuesto en el artículo 12, inciso tercero, del D.F.L. N°36/1980, se verifica la total conveniencia de convocar públicamente por un plazo de veinticuatro (24) meses, en atención a que la economía del proceso que conlleva el ahorro hora hombre y mejor utilización de recursos, resulta de toda conveniencia a los intereses y a las atenciones de pacientes hospitalizados en el Servicio de Oftalmología del Hospital del Salvador; Que, esta modalidad de contratación es la única que permite al Hospital del Salvador dar efectivo cumplimiento al imperativo constitucional consagrado en el Artículo 19º, numeral 9 de la Carta Fundamental; Que, por la cuantía determinada, la presente licitación se ubica en el tramo para contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM e inferiores a 5.000 UTM, en conformidad al Artículo 36º del Reglamento de la Ley Nº19.886; Que, la adquisición del Servicio de Horas de Anestesiología se encuentra vinculado al proyecto bajo ID: 1057489-44-PC25, correspondiente al Plan Anual de Compras año 2025.- Que, hechas las consultas respectivas, el “Servicio de Horas de Anestesiología para Quirófanos de Urgencias del Servicio de Pabellón del Hospital del Salvador”, no se encuentra disponible en el catálogo de bienes y servicios ofrecidos en el Sistema de Información de la Dirección de Compras www.mercadopublico.cl.
Dias para cierre
0
Monto estimado
$ 324.000.000

Moneda
CLP
Fuente financiamiento
Hospital del Salvador
Nombre responsable pago
Maria Garcia
Fechas
Fecha creación

15-03-2025

Fecha Publicación

15-03-2025

Fecha Cierre

04-04-2025

Fecha Inicio
20-03-2025 12:00
Fecha Final
26-03-2025 15:00
Fecha Publicación Respuesta
31-03-2025 15:30
Fecha Acto Apertura Técnica
04-04-2025 15:01
Fecha Acto Apertura Economica
04-04-2025 15:01
Fecha Adjudicación
04-06-2025 14:26
Fecha Estimada Adjudicación
04-06-2025 14:26
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